INVESTIGACION DOCUMENTAL Y DE CAMPO


INFORME FINAL


DETENCION EN FLAGRANCIA


PAUL MIGUEL SANCHEZ CORTES


LICENCIATURA EN SEGURIDAD PUBLICA


29/05/2019


                                                        INDICE


















1.    INTRODUCCIÓN


Escogí este tema, toda vez que, a partir del año 2016 entró en vigencia el Código Nacional de Procedimiento Penales para todos los Estados del país, es por ello, que conocer este tema de Detención en Flagrancias es de suma importancia tanto para los cuerpos policíacos como para toda la sociedad. 

1.1 OBJETIVOS GENERALES


Conocer el ámbito jurídico respecto a la Detención en Flagrancia de imputados por parte de los elementos de la Secretaria de Seguridad Publica, de cuerpos auxiliares, así como, por cualquier ciudadano.

1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS


  Identificar las causales e hipótesis normativas de Detención en Flagrancia establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Nacional de Procedimientos Penales, respectando los principios de debido proceso y los Derechos Humanos.


1.3 ANTECEDENTES.

A lo largo de la historia, el humano como animal político, ha buscado vivir dentro una colectividad para sentirse protegido y satisfacer sus necesidades sociales. Estas formaciones humanas fueron creando aldeas, pueblos, comunidades, ciudades y países tal cual los conocemos en la actualidad, pero el aumento de la población a parte de traer avances en todas las áreas y ciencias, también trajo consigo problemas sociales entre los ciudadanos. La falta de empleo, la educación, las costumbres, la idiosincrasia y la economía del país, han provocado que los ciudadanos cometan conductas delictivas en la sociedad, es por ello, que el Estado para garantizar la Seguridad Pública de los gobernados ha tomado una serie de medidas y prevenciones contra los delitos. Sin embargo, cuando el Estado no puede prevenir estos actos y se consuma un delito, corresponde al Estado la aplicación de la Justicia.

        El Dr. Benavente Chorres et ad, nos indican que "la palabra flagrante proviene del latín flagrans, flagrantis, participio activo de flagare; como adjetivo, la palabra flagrante define a lo que se está ejecutando actualmente." (Benavente Chorres & Hidalgo Murillo, 2016).

          Siguiendo este orden de ideas, la Detención en Flagrancia consiste en la detención de una persona al momento de estar ejecutando un delito.
             

1.4 BASES TEÓRICAS.


      Primeramente, quisiera aclarar y recordar que mi tema de investigación documental es la Detención en Flagrancia y el objetivo es conocer que es la Detención en Flagrancias e identificar las modalidades y supuestos de la detención. Una vez dicho lo anterior, estimo pertinente mencionar que la base a abordar en este tema de estudio es la BASE LEGAL. En cuanto a la base Psicológica y Filosófica no existe relación directa, toda vez que el objeto de estudio es la Flagrancia y no el delincuente en si mismo.

  1.4.1 BASE LEGAL

   La Detención en Flagrancia al ser un tema de suma importancia en el debido proceso se encuentra plenamente estipulado en nuestro sistema normativo mexicano.  

  La Constitución Federal, en su artículo 16, párrafo quinto, regula la Detención en Flagrancia, el cual establece lo siguiente:

"Articulo 16.
...
Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención."(Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

    De igual manera, el Código Nacional de Procedimiento Penales en su articulo 146 establece lo siguiente:

"Artículo 146. Supuestos de flagrancia

Se podrá detener a una persona sin orden judicial en caso de flagrancia. Se entiende que hay flagrancia cuando:

I. La persona es detenida en el momento de estar cometiendo un delito, o

II. Inmediatamente después de cometerlo es detenida, en virtud de que:
    a) Es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente, o
    b) Cuando la persona sea señalada por la víctima u ofendido, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión del delito y cuando tenga en su poder instrumentos, objetos, productos del delito o se cuente con información o indicios que hagan presumir fundadamente que intervino en el mismo.

Para los efectos de la fracción II, inciso b), de este precepto, se considera que la persona ha sido detenida en flagrancia por señalamiento, siempre y cuando, inmediatamente después de cometer el delito no se haya interrumpido su búsqueda o localización." (Código Nacional de Procedimiento Penales). 




















2.  METODOLOGIA


2.1 PLAN DE TRABAJO


El plan de trabajo consistió de la forma siguiente:

TEMA DE LA INVESTIGACIÓN:                                            LA DETENCIÓN EN FLAGRANCIA

BÚSQUEDA Y RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN:    del 9 al 12 de mayo del 2019.
ELABORACIÓN DE ESQUEMA:                                            del 13 al 17 de mayo del 2019. 
REDACCIÓN DEL BORRADOR:                                             del 18 al 21 de mayo del 2019.
INVESTIGACIÓN EN LIMPIO:                                                del 22 al 26 de mayo del 2019.
INVESTIGACIÓN DOCUMENTAL TERMINADA:                  29 de mayo del 2019. 

La investigación de nuestro tema consistente en Detención en Flagrancia debía ser abordado desde varios enfoques, no solo en cuanto a las leyes, sino también desde el sentido de la opinión de la ciudadanía.

Es por ellos, que aparte de consultar la Constitución Política Mexicana y demás legislaciones, también nos enfocamos a trabajo de campo para envolvernos en el aspecto real y practico del tema.

Comenzamos con una bitácora de actividades consistentes en visitas a una Agencia del Ministerio Publico, a la Comandancia de la Agencia Estatal de Investigaciones y terminamos con la visita a la Comandancia de la Policía Municipal de mi ciudad, como se muestra a continuación:


BITACORA DE INVESTIGACION: DETENCIÓN EN FLAGRANCIA
FECHA Y HORARIO DE LA ACTIVIDAD
ACTIVIDADES A REALIZAR (QUE Y PARA QUE)
ACTIVIDADES NO REALIZADAS
REGISTRO DE RESULTADOS
OBSERVACION O INTERPRETACION DE DATOS O HALLAZGOS
IMPACTO DE LA EXPERIENCIAS
13/05/2019     15:00 HORAS
REALIZAR UNA VISITA A UNA AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO CON LA FINALIDAD DE SABER INFORMACION ESTADISTICAS DE LAS PERSONAS DETENIDAS (NUMERO PROMEDIO AL MES, CAUSAS MAS RECURRIDAS, EN QUE DELITOS ES MAYOR Y EN QUE CONCLUYE).




14/05/2019     15:00 HORAS
REALIZAR UNA VISITA A LA POLICIA MUNICIPAL Y SOLITAR INFORMACION AL ALCAIDE SOBRE PERSONAS DETENIDAS EN FLAGRANCIA Y SI EXISTIA ALGUN CURSO O CERTIFICACION EN ESE TEMA.




14/05/2019     18:00 HORAS
REALIZAR UNA VISITA A LA COMANDANCIA DE LA POLICIA JUDICIAL Y SOLICITAR INFORMACION DE LAS DETENCIONES EN FLAGRANCIA, CAUSAS Y CONSECUENCIAS.






Así mismo, se elabora entrevistas y encuestas para saber que tanto conocía la ciudadanía del tema, como se muestra a continuación:


ENTREVISTA
1.- ¿Conoce usted que es la flagrancia?

2.- ¿A sido usted detenido alguna vez por la policía?

3.- ¿Cuál fue su experiencia de la detención?

4.- ¿Sabe usted la diferencias entre faltas administrativas y comisión de delitos?

5.- ¿Conoce usted porque motivos puede ser detenido?

6.- ¿Sabe usted que leyes regulan la detención de una persona?

7.- ¿Conoce usted los derechos que gozan los detenidos?

8.- ¿Sabe usted que es una detención ilegal y porque motivos se presenta?

9.- ¿Conoce usted alguna institución que se encargue de vigilar el debido cumplimiento de la ley en temas de detención en flagrancia?

10.- ¿Considera usted necesario que el Estado informara a los ciudadanos acerca del tema y por qué?



ENCUESTA DETENCION EN FLAGRANCIA
1. ¿Sabe usted que es la Detención en Flagrancia?
a)   si
b)   no
c)   nunca había escuchado

2. ¿Alguna vez ha sido detenido por la policía?
a)   si
b)   no

3. ¿Sabe usted los derechos que tiene las personas detenidas?
a)   si
b)   no

4. ¿Cómo cataloga las actuaciones de los cuerpos policiales en la prevención del delito?
a)   Buena
b)   Mala
c)   Intermedia
d)  Desconozco del tema

5. ¿Tiene conocimiento acerca del sistema de justicia penal?
a)   si
b)   no
c)  Desconozco del tema

6. ¿Le causa a usted desconfianza las autoridades de seguridad pública?  
a)   si
b)   no

7. ¿Considera importante que el tema de detención en Flagrancia sea conocido por la población en general?
a)   si
b)   no
c)  Desconozco del tema

8. ¿Participaría en un taller de enseñanza de Detenciones en Flagrancia?
a)   si
b)   no
9. ¿Considera que el Estado debería preocuparse por informar a sus gobernados de temas de seguridad pública?
a)   si
b)   no
c)   me da igual

10. ¿La parece relevante la encuesta?
a)   si
b)   no
c)   me da igual

3. RESULTADOS


Como resultados del trabajo de campo, obtuvimos los siguientes:

BITACORA DE INVESTIGACION: CONTROL DE LA DETENCIÓN
FECHA Y HORARIO DE LA ACTIVIDAD
ACTIVIDADES A REALIZAR (QUE Y PARA QUE)
ACTIVIDADES NO REALIZADAS
REGISTRO DE RESULTADOS
OBSERVACION O INTERPRETACION DE DATOS O HALLAZGOS
IMPACTO DE LA EXPERIENCIAS
13/05/2019     15:00 HORAS
REALIZAR UNA VISITA A UNA AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO CON LA FINALIDAD DE SABER INFORMACION ESTADISTICAS DE LAS PERSONAS DETENIDAS (NUMERO PROMEDIO AL MES, CAUSAS MAS RECURRIDAS, EN QUE DELITOS ES MAYOR Y EN QUE CONCLUYE).
SE REALIZO
ACUDI A LA AGENCIA DEL MINISTERIO PUBLICO DE TRAMITE Y FUI ATENDIDO POR EL LICENCIADO SERGIO M., QUIEN ME INDICÓ QUE LA INFORMACION SOLICITADA NO PODIA BRINDARMELA DE MANERA EXACTA EN ESE MOMENTO, QUE DEBIA SOLICITARLA POR EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL IFAI, PERO QUE DE FORMA ECONOMICA ME MENCIONO QUE HAY MAS PERSONAS DETENIDAS EN FLAGRANCIAS POR LOS DELITOS DE ROBO Y EQUIPARADO AL ROBO ESPECIFICO.
OBSERVE LAS OFICINAS DEL MINISTERIO PUBLICO, LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN, ASI COMO LA ATENCION QUE BRINDAN
MI EXPERIENCIA FUE FRUCTIFERA, AUN QUE PUDE OBTENER TODA LA INFORMACION DEBIDA, ACLARE MUCHAS DUDAS Y OBTUVE INFORMACION DE EXPERIENCIA
14/05/2019     15:00 HORAS
REALIZAR UNA VISITA A LA POLICIA MUNICIPAL Y SOLITAR INFORMACION AL ALCAIDE SOBRE PERSONAS DETENIDAS EN FLAGRANCIA Y SI EXISTIA ALGUN CURSO O CERTIFICACION EN ESE TEMA.
SE REALIZO
ACUDI A LAS OFICINAS DE LA POLICIA MUNICIPAL, UBICADAS EN EL PALACIO MUNICIPAL DE TUXTEPEC, OAXACA, Y FUI ATENDIDO POR EL ALCAIDE, QUIEN DESPUES DE HACERLE SABER EL MOTIVO DE MI VISITA, ME INFORMO EN LA ACTUALIDAD LA POLICIA HA RECIBIDO CURSOS Y CAPACITACIONES SOBRE DIVERSOS PROTOCOLOS DE INVESTIGACION, POR LO QUE CONOCE PERFECTAMENTE EL TEMA, EN CUANTO LAS PERSONAS QUE SON DETENIDAD SON PUESTAS A DISPOSICION DEL MINISTERIO PUBLICO EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE PARA QUE RESUELVA SI LA DETENCION FUE LEGAL O ILEGAL.
OBSERVE LAS OFICINAS Y EL AREA DONDE LAS PERSONAS SON DETENIDAS.
EN ESTA ACTIVIDAD ME SORPRENDIO QUE LOS CUERPOS POLICIALES ACTUALMENTE SE ENCUENTRAN EN CAPACITACION YA QUE ANTERIORMENTE NO EXISTIA ESTOS CURSOS O CERTIFICACIONES
14/05/2019     18:00 HORAS
REALIZAR UNA VISITA A LA COMANDANCIA DE LA POLICIA JUDICIAL Y SOLICITAR INFORMACION DE LAS DETENCIONES EN FLAGRANCIA, CAUSAS Y CONSECUENCIAS.
SE REALIZO
ACUDI A LAS OFICINAS DE LA COMANDANCIA DE AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACION, Y ME INFORMARON QUE SON ESCASAS LAS VECES QUE HACEN DETENCIONES EN FLAGRANCIA, TODA VEZ QUE SU PRINCIPAL TRABAJO EN LA INVESTIGACION Y LA EJECUCION DE LAS ORDENES DE APREHENSION.
DE LA INFORMACION RECIBIDA, PUDE INTERPRETAR QUE LA POLICIA JUDICIAL NO SE ENFONCA AL TRABAJO DE PREVENCION DEL DELITO, SINO A LA INVESTIGACION POSTERIOR AL DELITO.
RESPECTO A ESTA ACTIVIDAD, MI EXPERIENCIA FUE MUY GRATIFICANTE, PUDE DARME CUENTA LAS IMPORTANTE TAREA DE INVESTIGACION QUE RELAIZA LA POLICIA JUDICIAL.



ENTREVISTA AL C. BALDEMAR HERNANDEZ
ENTREVISTADOR: ¿Conoce usted que es la flagrancia?

ENTREVISTADO: No es una definición, pero es como cuando agarran alguien con las manos en la masa.

ENTREVISTADOR: ¿A qué se refiere las manos en la masa?

ENTREVISTADO Es como alguien es cachado en el momento.

ENTREVISTADOR: ¿A sido usted detenido alguna vez por la policía?

ENTREVISTADO: No gracias a dios.

ENTREVISTADOR: ¿Sabe usted la diferencias entre faltas administrativas y comisión de delitos?

ENTREVISTADO: Si, una es cuando eres detenido por orinar y otra por un robo.

ENTREVISTADOR: ¿Conoce usted porque motivos puede ser detenido?

ENTREVISTADO: Por portarse mal en la calle, por robar, por pegarle a alguien y muchas cosas.

ENTREVISTADOR: ¿Sabe usted que leyes regulan la detención de una persona?

ENTREVISTADO: No se los nombres, pero sé que deben haber.

ENTREVISTADOR: ¿Conoce usted los derechos que gozan los detenidos?

ENTREVISTADO: A tener un abogado, a que no le peguen y a una llamada.

ENTREVISTADOR: ¿Sabe usted que es una detención ilegal y porque motivos se presenta?

ENTREVISTADO: Creo que es cuando miente la policía.



ENTREVISTADOR: ¿Conoce usted alguna institución que se encargue de vigilar el debido cumplimiento de la ley en temas de detención en flagrancia?

ENTREVISTADO: No conozco, pero si uno pide ayuda y va con un abogado solo te saca dinero y no hace nada.

ENTREVISTADOR: ¿Considera usted necesario que el Estado informara a los ciudadanos acerca del tema y por qué?

ENTREVISTADO: Si para que ya no haya más abusos contra la población.


RESULTADOS ENCUESTA






















4. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES


Al revisar y clasificar la información de las herramientas de investigación ya mostradas tenemos las siguientes conclusiones:
a)       El 35% de la población en México no conoce que es una Detención en Flagrancia ni tiene idea del Sistema de Justicia Penal.
b)      El 80% de la ciudadanía tiene una ligera idea de los derechos que goza, pero no los conoce todos.
c)       Solo el 20% de los gobernados catalogan como buena la actuación de los cuerpos de policía.
d)      EL 60% de la población desconfía en la policía.
e)      El 100% de los ciudadanos considera de suma importancia que el gobierno enseñe estos temas a la población.

Recomendaciones:
a)       Fomento por parte del Gobierno a la enseñanza de los derechos humanos y el sistema de justicia.
b)      Módulos de información
c)       Talleres
d)      Trípticos, folletos o publicidad relativa al tema.

En cuanto al objetivo general y especifico se cumplió, toda vez que abordamos el estudio en el apartado de antecedentes y encontramos los fundamentos jurídicos de la detención en Flagrancia y los supuestos de detención como a continuación se señalan.

La Constitución Federal, en su artículo 16, párrafo quinto, regula la Detención en Flagrancia, el cual establece lo siguiente:

"Articulo 16.
...
Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad civil más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención."(Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

    De igual manera, el Código Nacional de Procedimiento Penales en su articulo 146 establece lo siguiente:

"Artículo 146. Supuestos de flagrancia

Se podrá detener a una persona sin orden judicial en caso de flagrancia. Se entiende que hay flagrancia cuando:

I. La persona es detenida en el momento de estar cometiendo un delito, o

II. Inmediatamente después de cometerlo es detenida, en virtud de que:
    a) Es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente, o
    b) Cuando la persona sea señalada por la víctima u ofendido, algún testigo presencial de los hechos o quien hubiere intervenido con ella en la comisión del delito y cuando tenga en su poder instrumentos, objetos, productos del delito o se cuente con información o indicios que hagan presumir fundadamente que intervino en el mismo.

Para los efectos de la fracción II, inciso b), de este precepto, se considera que la persona ha sido detenida en flagrancia por señalamiento, siempre y cuando, inmediatamente después de cometer el delito no se haya interrumpido su búsqueda o localización." (Código Nacional de Procedimiento Penales). 












 5. BIBLIOGRÁFICA.


Benavente Chorres, H., & Hidalgo Murillo, J. D. (2016). Codigo Nacional de Procedimientos Penales Comentado. Mexico, D.F.: Flores Editor y Distribuidor.


LEGISLACIÓN

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm
Código Nacional de Procedimientos Penales, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm

















6. ANEXOS





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